Demandas de cobro de facturas

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Demandas en acción de cobro de facturas y/o servicios prestados entre empresas

En la acción de reclamación de cantidad para el cobro de facturas impagadas, el actor es titular de un derecho de crédito dinerario, al que se corresponde la correlativa obligación a cargo del deudor de pagar una suma determinada de dinero-, si llegado el momento de que la deuda es exigible el deudor no cumple, el acreedor puede, con la acción de reclamación de cantidad, no sólo obtener del órgano judicial un pronunciamiento que afirme la existencia y titularidad del crédito a favor del actor, sino además un pronunciamiento en el que se reconozca que el demandado tiene el deber de pagar la deuda. Además, si aun así el deudor no cumple, la sentencia, como título de condena, faculta al actor para iniciar la vía ejecutiva y pedir que se imponga al deudor el cumplimiento forzoso.

Por otra parte, dado que la acción de reclamación de cantidad presupone la existencia de una relación obligatoria entre actor y demandado, que convierta al primero en titular de un crédito sobre el segundo, es preciso, en cuanto al posible origen o fuente de tal vínculo, estar a lo señalado en el artículo 1089 del Código Civil, que expresamente dispone que “las obligaciones nacen de la Ley, de los contratos y cuasicontratos, y de los actos y omisiones ilícitos o en los que intervenga cualquier género de culpa o negligencia”.

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  2. Reclamación judicial de cantidades mediante procedimientos monitorios, procedimientos verbales (menos de 6.000,00 euros) y procedimientos Ordinarios (Mas de 6.000,00 euros).
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Disponemos de IGUALAS JURIDICAS de recobros a clientes con incidencias mensuales de impagos. (Consultar igualas recobros morosidad).

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